MODIFICAN LOS REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN DE INMUEBLES EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD



MODIFICAN LOS REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN DE INMUEBLES EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD

El objetivo es diferenciar fácilmente los bienes propios de los gananciales en transferencias inmobiliarias. La medida es resultado del diálogo entre gobierno de la 
provincia y los colegios profesionales.

Viernes 2 de junio de 2017

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través del Registro General de la Propiedad, informa que ya opera una modificación en los requisitos de inscripción para diferenciar bienes propios de bienes gananciales en transferencias inmobiliarias, con el objetivo de brindar una mayor seguridad jurídica a la ciudadanía, además de beneficiar al propietario en una futura venta.

La medida surge de una serie de diálogos mantenidos con los colegios profesionales de las distintas circunscripciones y se da en el marco de una serie de políticas activas que se vienen implementando con el objetivo de modernizar la operatoria del Registro de la Propiedad para lograr una mayor proximidad con el usuario.

El Registro General de la Propiedad dispuso que “se procederá a la modificación de la disposición técnica registral estableciendo los requisitos de inscripción para diferenciar bienes propios de bienes gananciales en transferencias inmobiliarias”. Esta medida, asimismo, está en línea con la regulación que establece el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.

El subsecretario de Asuntos Registrales de la provincia, Matías Figueroa Escauriza, señaló que “esta importante modificación que entró en vigencia esta semana otorga mayor transparencia, más seguridad jurídica, beneficia al propietario en una futura venta del inmueble y simplifica el trabajo de los profesionales, ya que era un reclamo de los distintos colegios para mejorar el ordenamiento”.

La modificación fue consensuada durante las reuniones periódicas de la comisión permanente entre Catastro, la Administración Provincial de Impuestos y el Registro de la Propiedad junto a los distintos colegios profesionales.

La comisión entre las tres áreas del Estado tiene entre sus objetivos potenciar el funcionamiento integrado de los distintos organismos en la búsqueda de excelencia en cuanto a niveles de información y de afianzamiento del principio de seguridad jurídica en las transacciones inmobiliarias, y en la gestión y el cobro de todos los tributos que puedan surgir como consecuencia de ellas.

SOBRE EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD
La dirección provincial del Registro General de la Propiedad garantiza la seguridad jurídica en tanto se refiere a la registración y publicidad de derechos, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 2505 y 3135 y concordantes del Código Civil, y en el marco de la Ley Nacional 17.801 de Registros de la Propiedad Inmueble. Tiene competencia respecto de los inmuebles ubicados en todo el territorio provincial.

El Registro General de la Propiedad se encuentra en proceso de regionalización y descentralización de funciones, lo que permite el fácil y rápido acceso a la información registral sin necesidad de desplazarse, en línea con los objetivos de la actual gestión provincial de integrar el territorio y acercar el Estado al ciudadano.

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