
El gobierno nacional incrementó este lunes la capacidad mĆ”xima de ocupación permitida en trenes y micros de larga distancia. La medida, que venĆa siendo reclamada por empresas del sector, responde a la baja sostenida de casos positivos de coronavirus Covid-19, de muertes por esa enfermedad y de ocupación de camas en las Unidades de Terapia Intensiva que se viene registrando desde hace ya 11 semanas en el paĆs.
La Resolución 289/202 publicada este lunes en el BoletĆn Oficial que lleva la firma del ministro de Transporte Alexis RaĆŗl Guerrera dispone que "los vehĆculos afectados a la prestación de servicios de transporte automotor interurbano de pasajeros que respondan a las caracterĆsticas tĆ©cnicas de las categorĆas “ComĆŗn”, “ComĆŗn con Aire” y “Semi Cama” (...) deberĆ”n limitar su capacidad de ocupación al 80% de la cantidad de butacas disponibles para cada tipo de vehĆculo, no admitiĆ©ndose en ningĆŗn caso pasajeros de pie".
En tanto "las unidades afectadas a los servicios de transporte automotor interurbano de pasajeros correspondientes a las categorĆas “Cama Ejecutivo” y “Cama Suite” podrĆ”n tener plena ocupación de sus butacas, no admitiĆ©ndose en ningĆŗn caso pasajeros de pie".
Para el servicio de trenes se limitarƔ la capacidad mƔxima de pasajeros permitidos al 80% de su capacidad total de pasajeros por cada coche en servicio.
"En todos los casos deberĆ”n extremarse las medidas para un mejor distanciamiento social en el interior de los vehĆculos", indica ademĆ”s la Resolución del ministerio de Transporte.
La Resolución 289/202 publicada este lunes en el BoletĆn Oficial que lleva la firma del ministro de Transporte Alexis RaĆŗl Guerrera dispone que "los vehĆculos afectados a la prestación de servicios de transporte automotor interurbano de pasajeros que respondan a las caracterĆsticas tĆ©cnicas de las categorĆas “ComĆŗn”, “ComĆŗn con Aire” y “Semi Cama” (...) deberĆ”n limitar su capacidad de ocupación al 80% de la cantidad de butacas disponibles para cada tipo de vehĆculo, no admitiĆ©ndose en ningĆŗn caso pasajeros de pie".
En tanto "las unidades afectadas a los servicios de transporte automotor interurbano de pasajeros correspondientes a las categorĆas “Cama Ejecutivo” y “Cama Suite” podrĆ”n tener plena ocupación de sus butacas, no admitiĆ©ndose en ningĆŗn caso pasajeros de pie".
Para el servicio de trenes se limitarƔ la capacidad mƔxima de pasajeros permitidos al 80% de su capacidad total de pasajeros por cada coche en servicio.
"En todos los casos deberĆ”n extremarse las medidas para un mejor distanciamiento social en el interior de los vehĆculos", indica ademĆ”s la Resolución del ministerio de Transporte.
Fuente: minutouno.com
Resolución 289/2021
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