Regulan en Chabás la instalación de toldos en comercios

CHABÁS. Información comunal - La Comisión Comunal aprobó una ordenanza a través de la cual se regula el aprovechamiento de espacios de uso y dominio público por parte de emprendimientos comerciales de la localidad a través de terrazas sobre las aceras y/o veredas. Precisamente, se establecieron parámetros para la instalación de toda cubierta de lona, chapa y/o material anexa a un emprendimiento comercial debidamente inscripto y habilitado, que avance sobre el espacio público, el mismo podrá contar con cerramiento lateral transparente de colocación exclusiva en los horarios de atención del establecimiento comercial.

Según esta normativa la autorización de la instalación de terrazas es una facultad del Presidente Comunal, quien remitirá la información presentada por el interesado a Catastro y a las áreas Jurídica, Obras Públicas, Medio Ambiente y Tránsito, las cuales deberán realizar las constataciones pertinentes a fin aprobar el permiso con un carácter temporal de dos años.

La solicitud de instalación de una terraza se presentará con las siguientes formalidades y documentos anexos:

· Nota dirigida al Presidente Comunal solicitando la autorización del proyecto de instalación de la terraza argumentando los motivos por los que requiere el uso especial del espacio público y el modo de ocupación de la acera y/o vereda pública.

· Documento que acredite las inscripciones y habilitaciones comunales del emprendimiento comercial.

· Proyecto y plano adjunto de la instalación a realizar.

· El presupuesto para la contratación de un seguro de responsabilidad civil por dos años para el área cubierta por la terraza sobre la vereda y/o hacer pública.

· A posteriori de su presentación, las áreas jurídicas y/o obras públicas y/o de tránsito, órganos competentes en el trámite de habilitación, podrán solicitar el acompañamiento de alguna documentación complementaria.

Por otra parte, queda expresamente prohibida la autorización de terrazas para inmuebles de uso residencial y para emprendimientos de carácter productivo.

En la ordenanza se aclara que quienes no cumplan con la normativa podrán ser sancionados con multas y/o se podrá proceder al desmontaje de la instalación a costa del responsable.

Por último, es importante destacar que los establecimientos comerciales que cuenten con terrazas sin autorización, previa a la promulgación de la presente ordenanza, tendrán 90 días desde la entrada en vigor para presentarse a la Comuna a regularizar su situación.

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