La ASSAL prohibió la comercialización del producto jabalí y vegetales en escabeche "paladar silvestre"

LA ASSAL PROHIBIÓ LA COMERCIALIZACIÓN DEL PRODUCTO JABALÍ Y VEGETALES EN ESCABECHE “PALADAR SILVESTRE”

La medida dispuesta por Orden Nº 22 incluyó su decomiso por no cumplir con la Legislación Alimentaria Vigente (LAV) y estar inactivo el Registro Nacional de Establecimiento.


SALUD La ASSAL prohibió la comercialización del producto Jabalí y vegetales en escabeche “Paladar Silvestre”

Martes 13 de junio de 2017

La Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL), del Ministerio de Salud provincial, prohibió la comercialización en todo el territorio del país, y dispuso el decomiso del producto Jabalí y vegetales en escabeche “Paladar Silvestre”, Lote 019 con la indicación de consumir antes de 10/17.

La medida adoptada por Orden Nº 22/17 por no cumplir con la Legislación Alimentaria Vigente (LAV) y estar inactivo el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) se extendió además, a “todo otro presunto producto rotulado con dicho RNE, con fecha de vencimiento o de consumir posterior al 04/09/17”.

Al respecto, el director provincial de la ASSAL, Eduardo Elizalde, hizo hincapié en que por las razones apuntadas “se solicita no adquirir ni consumir” el producto mencionado, enfatizando que “la falta de este registro no garantiza la trazabilidad y seguridad del alimento”.

En ese sentido, aseguró que la ASSAL, “verifica que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria, que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos”

En este caso, el Informe de Laboratorio Nº 23271 del organismo, indicó que es “no conforme con la Legislación Alimentaria Vigente (L.A.V.), por presentar enmienda de manera superpuesta con parte de información obligatoria en la rotulación, en infracción a lo establecido en el Capítulo V del C.A.A”.

Recordó además, que el artículo 14 del Decreto Nº 206/07, el Código Bromatológico de la Provincia de Santa Fe, Ley Nº 2.998 y el Código Alimentario Argentino (C.A.A.), establecen que la agencia “es titular de las facultades para auditar, suspender actividades, clausurar establecimientos y/o tomar cualquier otra medida que crea conveniente para resguardar la salud pública y la de los consumidores”. A tales efectos, finalizó el funcionario, la ASSAL “ejerce poder de policía en materia de seguridad de los alimentos, siendo competente para intervenir frente a las contravenciones, faltas e infracciones a la normativa vigente”.

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